La AAGE tiene por objeto la ejecución de las funciones de ordenación, supervisión e inspección de la seguridad del transporte aéreo y de los sistemas de navegación y control de productos aeronáuticos, de actividades aéreas y del personal aeronáutico, así como las funciones de detección, análisis y evaluación de los riesgos de seguridad en el transporte aéreo.

La AAGE tiene y ejerce las siguientes competencias:

La expedición, renovación, suspensión, mantenimiento y revocación de la autorizaciones, concesiones, habilitaciones, licencias, certificaciones y otros títulos habilitantes para la realización de actividades aeronáuticas civiles, tales como: la operación de aeronaves, las empresas aéreas comerciales, los derechos de tráfico, los aeropuertos y servicios de navegación aérea, así como las relativas al mantenimiento, y uso de las aeronaves, y los productos, componentes y equipos aeronáuticos civiles.

La inspección aeronáutica, de acuerdo con lo dispuesto en el Titulo XVII de esta Ley.

La colaboración técnica y participación en organismos nacionales e internacionales en materia de seguridad aérea y protección al usuario del transporte aérea, así como la colaboración con OACI, ASECNA, CAFAC, ARSA, ARAC, AAMAC, y otros organismos internacionales relacionados con la aviación para realizar inspecciones e investigaciones de aviación civil.